El Tribunal en lo Criminal Nº 1 de Mar del Plata emitió un fallo contundente en respuesta a un habeas corpus colectivo presentado por la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) exigiendo mejoras inmediatas en las condiciones de detención en la Unidad Penal 50 de Batán.

Allí las mujeres detenidas son sometidas a hacinamiento, falta de saneamiento y prácticas abusivas durante las requisas, y viven en un entorno que el tribunal calificó como “inhumano y degradante”. La sentencia ordena al Servicio Penitenciario Provincial (SPB) implementar de forma urgente reformas en la infraestructura y asegurar el respeto a los derechos humanos fundamentales de las detenidas.

  • La Comisión Provincial por la Memoria, en su rol de Mecanismo local de prevención de la tortura, presentó el habeas corpus tras constatar las deplorables condiciones en las que se encuentran las internas de la UP 50.

La infraestructura de la cárcel de Batán revela una situación alarmante de deterioro y negligencia. Las personas detenidas viven en condiciones extremadamente precarias y enfrentando falta de calefacción y ventilación adecuadas en un ambiente ya de por sí hostil. La iluminación es deficiente, y las duchas están en mal estado y sin agua caliente. Todo esto pone en riesgo la salud física y mental y agrava un entorno de insalubridad. Además, el hacinamiento en las celdas no sólo compromete la privacidad sino que también favorece la propagación de enfermedades, reflejando la crisis de sobrepoblación carcelaria que impera en el país.

Este entorno adverso se agrava con prácticas abusivas, como las requisas corporales degradantes que no solo vulneran la dignidad de las internas, sino también de sus familiares durante las visitas. A esto se suma la falta de acceso a medios de comunicación, aislando a las internas de sus redes de apoyo y limitando su capacidad para denunciar las condiciones en las que se encuentran.

Estas circunstancias generan un impacto psicológico devastador, con cuadros de ansiedad y depresión cada vez más frecuentes. La falta de seguridad dentro del penal incrementa la vulnerabilidad de las internas perpetuando un clima de miedo y violencia que trasgrede tanto la legislación nacional como los tratados internacionales de derechos humanos.

  • Tras la presentación de la CPM, el Tribunal señaló que las condiciones descritas constituyen una violación grave de los derechos humanos y afectan no sólo el bienestar físico sino también mental de las personas detenidas.

Ante esta situación, el fallo ordena un conjunto de medidas inmediatas: reparaciones en la infraestructura carcelaria, mejora de las condiciones de higiene y el cese inmediato de las requisas abusivas. Además, se obliga a las autoridades penitenciarias a garantizar el acceso de las internas a medios de comunicación con el exterior.

El fallo también establece la realización de inspecciones periódicas y la presentación de informes regulares sobre los avances en la implementación de las mejoras ordenadas. La sentencia subraya la responsabilidad del Estado en asegurar condiciones dignas de detención y destaca la importancia de la supervisión continua de organismos de derechos humanos como la CPM. (Agencia Andar)