A través de la resolución 259/2024 de la Secretaría de Energía, dependiente de la cartera de Hacienda, el Gobierno estableció que las estaciones de servicio de jurisdicciones cuyos municipios apliquen tasas viales y/o municipales sobre el precio de los combustibles -sean líquidos y/o gaseosos- deberán poner un cartel con el siguiente texto: “En esta jurisdicción se aplican tasas viales y/o municipales sobre el precio de los combustibles. Para más información, podrá consultar la página web de la Secretaría de Energía”.

  • Esta medida llega después de que la semana pasada el Ministerio de Economía impidiera a los municipios incluir sus propias tasas en las facturas de los servicios.

Asimismo, se dispuso que el cartel -en formato de calcomanía- deberá colocarse en un lugar visible en cada uno de los surtidores y que deberá cumplir con el diseño y los parámetros establecidos por el Ejecutivo. Las empresas petroleras podrán elegir los colores del cartel, mientras que, en las bocas de expendio que no tengan marca o una bandera determinada, la calcomanía será de color amarillo.

Las empresas tendrán un plazo de 120 días para adecuarse a esta normativa. Aquellas que no cumplan con lo ordenado serán pasibles de sanción pecuniaria. (NA)