Cigarrillos y productos a base de tabaco aumentarán desde ahora al menos 4 veces al año, con un ajuste por inflación, porque el Gobierno cambió la forma de calcular los impuestos al sector.
La decisión, contemplada en la Reforma Tributaria impulsada por la administración de Mauricio Macri, fue oficializada en el Boletín Oficial a través del Decreto 506/2018 con la firma del jefe de Estado.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizará los importes en enero, abril, julio y octubre de cada año, considerando, en cada caso, la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el INDEC.
La medida modifica la reglamentación de la Ley de Impuestos Internos y se asemeja a la utilizada por el Gobierno para modificar los tributos que pesan sobre los combustibles líquidos.
Por la Ley 27.430 de Reforma Tributaria se sustituyeron las tasas de impuestos internos correspondientes a productos como cigarrillos, transformándolo en un importe fijo actualizable por trimestre calendario sobre la base de las variaciones del IPC.
También introdujo la figura del impuesto mínimo para los cigarros, los cigarritos y los tabacos para ser consumidos en hoja, despalillados, picados, en hebras, pulverizados (rapé), en cuerda, en tabletas y despuntes, previendo igual mecanismo de actualización.
A mediados de abril, los cigarrillos registraron un último aumento que en promedio se ubicó en el 4 %, con lo que los precios llegaron a superar los 60 pesos por paquete.
En ese momento, las empresas expresaron sus quejas por la elevada presión fiscal que tiene el sector y denunciaron que “se ubica entre las más elevadas a nivel mundial”.
Según la Resolución N°110/1991 del Ministerio de Economía de la Nación, está prohibido modificar los precios de venta al público de los cigarrillos.
Argentina es el sexto productor mundial de tabaco y entre las provincias con mayor actividad se encuentran Corrientes, Chaco, Misiones, Tucumán, Salta y Catamarca. (NA)