A través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno anunció la restricción de la compra de dólares, la obligación de exportadores de liquidar divisas y la autorización del pago de impuestos con bonos.

El objetivo de la medida es calmar la plaza cambiaria con medidas de alto impacto que fueron analizadas por el Ministerio de Hacienda y el Banco Central, a pedido del presidente Mauricio Macri.

Entre los principales puntos del texto oficial, se destaca que las personas físicas tendrán un tope mensuales de u$s 10.000 para la compra de divisas a partir de este lunes.

Sin embargo, desde la entidad que dirige Guido Sandleris aclararon que no habrá impedimentos para extraer dólares de cuentas para personas físicas ni jurídicas, y que tampoco habrá restricción para viajes.

Asimismo, las personas no podrán realizar transferencias de fondos de cuentas al exterior por un onto superior a u$s 10.000 por mes.

En lo que respecta a las personas jurídicas, se estableció que los exportadores deberán vender las divisas fruto de sus exportaciones en el mercado local dentro de un máximo de 5 días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque (15 días para las commodities).

También, para este grupo, no habrá restricciones para la importación o pago de deudas a su vencimiento. Por su parte, las empresas no podrán comprar dólares para atesorar.

En sus considerandos, la norma explicó que «ante diversos factores que impactaron en la evolución de la economía argentina y la incertidumbre provocada en los mercados financieros, el Poder Ejecutivo Nacional se vio en la necesidad de adoptar una serie de medidas extraordinarias tendientes a asegurar el normal funcionamiento de la economía, sostener el nivel de actividad y empleo y proteger a los consumidores».