Los hechos ocurrieron en San Clemente entre los 12 y los 18 años de la víctima.

El procesado fue juzgado en el Tribunal en lo Criminal nº 1 Departamental, considerando el fallo haberse reconstruido en el juicio la “histórica de esos terribles sucesos, los vejámenes y el padecimiento de la víctima”.

En un reciente fallo dictado en el Tribunal en lo Criminal nº 1 Departamental fue condenado un vecino de la ciudad de san Clemente, juzgado por abusos sexuales reiterados a la hija de su pareja.

El Tribunal estuvo integrado por los Dres. Carlos Colombo, Claudia Castro e Inés Olmedo –de primer voto-, quien precisamente consideró tener legal y plenamente probado, que en el interior de un comercio, en la vivienda donde convivían y también en un garage, un sujeto adulto abusó sexualmente de una menor, entre los 12 y 13 años tocándola en sus partes íntimas, y desde los 13 y hasta los 18 años accediéndola carnalmente, aprovechando que era pareja de la madre de la niña.

La Juez tuvo en cuenta una serie de elementos incorporados al debate, las declaraciones testimoniales recibidas y en especial los dichos de la víctima, quien dijo que todo había comenzado a poco que su mamá fuera a vivir con esa persona, de quien su ex esposa decía que era un degenerado.

Relató la experiencia vivida cuando ella y una amiga estaban jugando en un pelotero, donde aquél había ingresado y comenzado a hacerles cosquillas en la zona de los senos y entrepiernas, situación que había provocado que los padres de su amiga no le permitieran seguir teniendo contacto.

Asimismo relató distintas experiencias vividas, entre ellas los videos que le mostraba el acusado, una nena teniendo relaciones con un adulto o blogs en los que hablaban de la normalidad de tener relaciones con sus padres. Precisó que según la psicóloga eso había sido un trabajo fino que fue en aumento, agregando de cómo había comenzado a decirle que su mama lo aburría, que era fea, que ella era linda, que le gustaba.

Precisó que ella había confiado en él porque lo quería como un papá, que recién cuando se separó de su madre se había animado a contarle a ésta el calvario sufrido.

Precisamente la progenitora en su declaración dijo haber estado en pareja con el acusado por once años, precisando que la relación había sido enfermiza, tóxica. Resaltó que tanto ella como su hija se habían visto atrapadas en una situación que catálogo como la “manipulación que ejercía el imputado con ellas”.

Agregó, que cuando aquella cumplió 18 años su pareja se quiso separar y las echó de la casa, momento en que su hija le había contado de los abusos, donde sucedían, de las amenazas del daño que a ella –la madre- le haría si llegaba a contar lo que sucedía.

Un amigo de la víctima dijo en el juicio que aquella le había contado de los abusos. El grupo familiar, abuelos y tías, fueron coincidentes en afirmar el estado de indefensión de la entonces menor ante la autoridad que ejercía el imputado sobre ella, quien la había alejado de la familia, la controlaba, le decía lo que debía hacer, y que recién cuando dejaron de convivir en la misma casa había podido contar los abusos sufridos.

El procesado rechazó la imputación, manifestó que la madre de la víctima después de una fuerte discusión había transformado el amor que habían tenido en bronca, dijo que el amigo de la hija de esta era un testigo falso.

Para la Dra. Olmedo, las pruebas y los testimonios recibidos durante las audiencias permitían la “reconstrucción histórica de esos terribles sucesos, los vejámenes y el padecimiento de la víctima, corroborando la materialidad ilícita y la autoría del mismo en cabeza del encartado, sin duda alguna”

Finalmente los Jueces del Tribunal por unanimidad resolvieron condenar a este vecino de San Clemente como autor penalmente responsable de los delitos de “Abuso sexual reiterados en concurso real Abuso sexual con acceso carnal reiterados, agravados por ser cometidos por el encargado de la guarda y por ser contra una menor de dieciocho años aprovechando la convivencia preexistente”, imponiéndole una pena de “dieciséis años de prisión”.

Nota: para preservar la identidad de la víctima y por ser el condenado una persona muy conocida, se preservan detalles que pudieran permitir identificar a los involucrados en el caso.
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