El máximo tribunal rechazó los recursos de los defensores del policía acusado de asesinar por la espalda a un joven en diciembre pasado y ratificó la carátula de “homicidio en exceso del cumplimiento del deber”.
La Corte Suprema ratificó el procesamiento del policía Luis Chocobar por homicidio con exceso en la legítima defensa y desestimó por unanimidad el recurso extraordinario presentado por la defensa del policía insignia de la doctrina de la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich. El máximo tribunal rechazó el planteo del policía, quien asesinó con dos tiros por la espalda al adolescente Pablo Kukoc, de 18 años en diciembre pasado, y confirmó los tres fallos anteriores contra el agente defendido por el gobierno.
Para la Corte, el recurso presentado por los abogados Rubén Arturo Melazo y Walter Alejandro Montero, quienes solicitaron modificar la calificación del delito que había fijado la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, debía ser rechazada en tanto “no había sido dirigida contra una sentencia definitiva o equiparable a tal”. El fallo contradice la opinión de Bullrich, quien desde un primer momento defendió al efectivo acusado de homicidio e inclusive lo invitó a la Casa Rosada para que se entrevistara con el presidente Mauricio Macri.
El caso se convirtió así en emblema de la nueva doctrina de seguridad promovida por el Ejecutivo nacional, que había sufrido su primer revés en la Cámara de Apelaciones que, en su momento, confirmó el fallo en primera instancia del juez Enrique Velázquez, a pesar de las reiteradas muestras de apoyo oficial al agente procesado, filmado disparando por la espalda a Kukoc. El segundo revés del Ejecutivo provino de la Cámara del Crimen. El golpe de gracia contra la pregonada inocencia del policía lo rubricaron hoy los jueces Carlos Rosenkratz, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti, Elena Highton de Nolasco y Ricardo Lorenzetti.
El 16 de febrero de este año, la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal Correccional había confirmado su procesamiento sin prisión preventiva, pero además había modificado la carátula de la causa, que había pasado de “homicidio agravado por la utilización de un arma de fuego cometido con exceso en la legítima defensa” a “homicidio agravado por la utilización de un arma de fuego en exceso del cumplimiento del deber”.
El fallo de la Cámara del Crimen consideró en aquel momento correcta la actuación de Chocobar al intervenir en el robo cometido por Pablo Kukoc, pero advirtió que el “exceso” ocurrió a partir del segundo de los nueve disparos que efectuó el agente, a pesar de lo cual la ministra de Seguridad siguió defendiendo el accionar del policía. “Vamos a seguir pensando que el policía hizo lo que tenía que hacer”, desafió la funcionaria, quien cuestionó a los integrantes de la Cámara que no estuvieron “en el momento y en la situación” en la que tuvo que actuar el policía procesado.
Hoy la Corte confirmó su procesamiento. El hecho por el que se juzga a Cocobar ocurrió el 8 de diciembre por la mañana, cuando un fotógrafo caminaba por La Boca y poco antes de llegar a la calle Caminito, en Olavarría y Garibaldi, fue interceptado por dos jóvenes que le robaron su cámara y uno de ellos lo apuñaló en el pecho y lo dejó gravemente herido.
Los dos agresores salieron corriendo, pero mientras uno logró escapar, el otro, Juan Pablo Kukoc, fue interceptado a las tres cuadras, en Irala y Suárez, por dos transeúntes que habían visto lo ocurrido y lo retuvieron en el piso. Poco después, llegó al lugar Chocobar, se identificó y le disparó al jovenante la sospecha de que iba a empuñar un arma.
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