Un hombre de 38 años que en agosto de 2020 abusó sexualmente a una mujer con la que mantenía una relación a bordo de su camión en una ruta en inmediaciones de la ciudad de Balcarce fue condenado a seis años y seis meses de prisión tras un juicio que se realizó en el Tribunal Oral en lo Criminal N°2.
El Juez Roberto Falcone rechazó el pedido de nulidad que interpuso la defensa de Pascual D’Agata y lo condenó como autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal continuado, robo y lesiones leves. De acuerdo a la investigación a cargo del fiscal Rodolfo Moure, la noche del 9 de agosto de 2020 D’Agata abusó de la mujer en el interior de su camión marca Ford que estacionó en un camino vecinal a unos quinientos metros de la ruta 55. El sujeto la amenazó, le provocó lesiones en el rostro y en el cuello y le sustrajo el celular Samsung J7 para impedir que se comunicara con familiares o allegados.
La víctima declaró que había conocido al imputado un par de años antes, pero que nunca tuvieron una relación estable. Si bien en ocasiones anteriores habían mantenido relaciones en el camión, dejó bien claro que esa noche “no tuvo sexo con él por su propia voluntad”, sino que en las dos oportunidades el amenazó con dejarla en la ruta.
La mujer dijo que el imputado estaba “como ido”, que estaba obsesionado con ella y quería que estuvieran juntos “sí o sí”. Recordó que le advirtió que si lo denunciaba iba a ir preso y que cuando saliera la iba a matar.
Para el magistrado la decisión de la víctima de no querer establecer una relación con D’Agata generó en él una necesidad de cobrarse revancha “diciendo que si no tenían relaciones sexuales no la regresaba a su domicilio”. Para el Juez debe interpretarse que no lo hizo en pleno día en zona urbana donde la víctima hubiera hallado un medio de transporte alternativo, sino que tuvo esa actitud a las de la madrugada, en pleno invierno en un paraje deshabitado.
En la sentencia se descartaron cuestiones eximentes de la responsabilidad penal, se valoró como atenuante la ausencia de antecedentes condenatorios y como agravante “la nocturnidad y la lejanía del ejido urbano fueron contempladas por el encartado en el despliegue de su accionar, a efectos de impedir la búsqueda de ayuda por parte de la víctima”.
El Juez condenó a Pascual D’Agata como autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal continuado, robo y lesiones a la pena de seis años y seis meses de prisión.