El martes 10 de abril de 2018 quedarA? marcado como la fecha en que, despuA�s de 18 aA�os de lucha y reclamos, la Federación de Trabajadores de la EnergA�a de la Argentina (FeTERA), ganA? la PersonerA�a Gremial.
Ese dA�a, la Sala V de la CA?mara Nacional de Apelaciones del Trabajo dio a conocer su fallo en el que resolviA? rechazar los recursos interpuestos por la FATLyF y el Ministerio de Trabajo de la Nación, contra el fallo de junio de 2017 de ese mismo tribunal que otorgA? la PersonerA�a Gremial a la FeTERA.
RECLAMO HISTA�RICO
Las Organizaciones Sindicales en Argentina tienen el derecho constitucional a ser reconocidas por el Estado y ejercer en plenitud los beneficios de libertad y democracia sindical. Para eso, es el Ministerio de Trabajo de la Nación quien debe otorgarles la PersonerA�a Gremial.
Durante 18 aA�os, la FeTERA, habiendo realizado todos los trA?mites correspondientes, fue negada en este derecho fundamental. Incluso se recurriA? ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT), quien emitiA? resoluciones a favor de este reclamo. Sin embargo, en todo este plazo, las diferentes autoridades del Ministerio de Trabajo de la Nación, negaron a los trabajadores/as de la energA�a este derecho.
Ante esta demora, la FeTERA acudiA? a la Justicia para que resuelva esta situación. En ese sentido, la Sala V de la CA?mara Nacional de Apelaciones del Trabajo el 27 de Junio de 2017 resolviA?: a�?no se advierte justificación alguna para la demora incurrida por parte del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social para expedirse respecto de la solicitud efectuada por lo que corresponde ordenar al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación otorgar la personerA�a gremial a la Federación de Trabajadores de la EnergA�a de la RepA?blica Argentinaa�?.
A partir de este fallo de la CA?mara, tanto la FATLyF como el Ministerio de Trabajo recurren el fallo, presentando un recurso extraordinario. Ahora, la misma CA?mara, confirma su sentencia y resuelve a�?denegar los recursos extraordinarios interpuestos por la parte demandada Estado Nacional a�� Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social y por la Federación Argentina de Trabajadores de Luz y Fuerzaa�?. De esta manera queda firme el fallo inicial, que obliga al Ministerio a que otorgue la PersonerA�a Gremial a la FeTERA.
Desde nuestra Federación celebramos esta resolución que no es mA?s que una reafirmación de nuestro histA?rico reclamo en defensa de la libertad y democracia sindical. De la misma manera, denunciamos que tanto el Ministerio de Trabajo como la FATLyF, se oponen a este derecho para que no se reconozca la PersonerA�a a una organización sindical que defiende los intereses de los trabajadores/as, sin pactar con la burocracia sindical ni con un gobierno neoliberal.
Exigimos que, sin mA?s dilaciones, la autoridad de aplicación, acate el fallo de la CA?mara Nacional del Trabajo y nos otorgue a los trabajadores de la energA�a, de manera inmediata, el nA?mero de PersonerA�a Gremial.
JOSA� RIGANE a�� Sec Gral. FeTERA-CTA