Los inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos deberán tramitar su libre deuda a los efectos de poder renovar la licencia de conducir.
El ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires precisó que los inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos que deseen renovar su licencia de conducir deberán tramitar su libre deuda a los efectos de poder renovarla.
A partir de la medida conjunta firmada por el titular de la cartera de Justicia, Julio Alak, y su par de Transporte, Jorge D’Onofrio, se estableció que los interesados en renovar su licencia de conductor, que estén inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, tramiten su libre deuda en este organismo.
- Cabe destacar que, la decisión del Ejecutivo bonaerense de agregar el libre deuda como requisito para renovar la licencia de conducir, tiene como marco normativo la ley provincial Nº 13.074, que dispuso crear el Registro de Deudores Alimentario Morosos en territorio bonaerense.
De este modo, la cartera de Justicia brindará al Ministerio de Transporte el acceso web a la consulta de inscripción en el Registro, a través del sistema Provincial de Licencias de Conducir que administra la Dirección provincial de Licencias de Conducir y Antecedentes de Tránsito.
En ese sentido, el trámite para la obtención del libre deuda se solicita desde la página web del ministerio, y se inicia mediante la opción “Solicitá un certificado”; para ello también puede ingresar con alguna de las siguientes opciones: AFIP, ANSES, Registro de las Personas o Gdeba.
Una vez completados los datos del interesado (aunque también se puede solicitar de manera anónima), el sistema generará automáticamente la constancia de deudores alimentarios firmada digitalmente, en formato pdf, y la persona inscripta también tendrá acceso a su historial de solicitudes.
De qué trata el Registro de Deudores Alimentarios Morosos
El registro comenzó a funcionar a mediados 2004 y tiene por objeto registrar por orden judicial a todo obligado u obligada al pago de alimentos por sentencia firme o por convenio homologado judicialmente, que adeude tres cuotas consecutivas, o cinco alternadas, previa intimación al pago.
El fundamento legal de la creacion del Registro de Deudores Alimentarios Morosos es la protección de los Derechos del Niño dado que los beneficiados y beneficiadas con el pago de la cuota alimentaria son los niños, niñas o adolescentes destinatarios de la misma.